DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO

DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO

La planificación urbanística se lleva a cabo mediante varios instrumentos de ordenación: el planeamiento urbanístico general, con determinaciones de ordenación estructural, y el plan de ordenación detallada, para el detalle y desarrollo de las determinaciones estructurales.

Este plan se puede desarrollar mediante planes parciales, planes especiales y estudios de detalle, así como mediante los instrumentos de ordenación conformados por las ordenanzas municipales de edificación y urbanización.

Estos instrumentos se pueden modificar puntualmente, por motivos de interés general, normalmente cuando el transcurso de los tiempos requiere de una nueva y actual planificación.

La tramitación de los instrumentos de desarrollo y de las modificaciones puntuales de todos los instrumentos mencionados, y a veces su formulación, es competencia del Departamento de Planeamiento.

También el Departamento tramita los actos de división y agrupación de parcelas. Estas actuaciones se someten al control de la Administración y si se cumple la normativa vigente se concede licencia, aunque en determinados supuestos de agrupaciones es suficiente la presentación de comunicación previa.

El Departamento de Planeamiento incluye el Servicio de Información y Atención Urbanística para atender a las personas interesadas e informar del régimen urbanístico aplicable a fincas concretas contenido en los instrumentos de planeamiento urbanístico vigentes.

TRAMITACIÓN

Las gestiones y trámites que puede realizar forman una gama amplia que comprende desde asuntos muy sencillos a otros de cierta complejidad. La tramitación varía en función de dicha complejidad, o de otras circunstancias. Para ayudarle, le invitamos a utilizar nuestra guía de tramitación que le acompañará en el proceso para que llegue al contenido que busca de forma fácil.

NORMATIVA A APLICAR

Para la tramitación de agrupaciones y divisiones de parcelas se aplica básicamente el planeamiento municipal y para la tramitación y aprobación del planeamiento es de aplicación normativa tanto estatal como autonómica.

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Principales textos normativos:

Legislación estatal:

  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

Legislación autonómica:

  • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (LUIB), publicado en el BOIB Nº 60 de 29 de diciembre de 2017, con entrada en vigor el 1 de enero de 2018.
  • Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares.
  • Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Islas Baleares y de Medidas Tributarias.
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Legislación insular:

  • Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, para la isla de Mallorca (RLUIB).
  • Plan Territorial insular de Mallorca, con sus tres modificaciones aprobadas.
  • Planes directores sectoriales.

Planeamiento urbanístico municipal:

  • Plan General aprobado definitivamente, con prescripciones, en sesión del Pleno del Ayuntamiento de Palma de día 28/04/2023.
  • Plan General de Ordenación Urbana aprobado definitivamente con prescripciones el 23/12/1998, y sus modificaciones puntuales (de aplicación cuando no haya contradicción con el Plan General del 2023).
  • Plan de Reconversión Integral Playa de Palma (PRI), aprobado definitivamente el 24/04/2015.

 

 

VÍAS DE CONTACTO

Encuentre lo que busca en la web:

Consultas administrativas de los expedientes de Planeamiento en tramitación
Informamos sobre cuestiones de tramitación administrativa:

  • A través de los teléfonos 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517, de lunes a viernes de 9 a 14 h.
  • A través de la dirección de correo planejament@palma.cat

Consultas administrativas de los expedientes del Servicio de Información y Atención Urbanística en tramitación
Informamos sobre cuestiones de tramitación administrativa:

  • A través de los teléfonos 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8127, de lunes a viernes de 9 a 13 h.
  • A través de la dirección de correo guia2014@palma.cat

Consultas técnicas sobre expedientes de Planeamiento en tramitación
Atendemos dudas y consultas de tipo jurídico y/o técnico, concertando previamente cita a través de los teléfonos:
971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517
Las citas pueden ser telefónicas o presenciales y con un calendario en adaptación continua a la demanda.

Consultas urbanísticas generales:
Se facilitará la documentación relacionada con la normativa urbanística (sin resolver dudas).

  • Presencial: lunes, miércoles y viernes de 9 a 12 h.
  • Por correo electrónico: guia2014@palma.cat
  • Por teléfono: 971 22 59 00, ext. 8153

Consultas urbanísticas técnicas:
Se resolverán dudas técnicas sobre la normativa urbanística aplicable. Para garantizar la calidad de este servicio es necesario solicitar cita previa de esta forma, el técnico que le atenderá puede preparar la respuesta con antelación y de forma eficiente.

  • Presencial: de lunes a jueves, con cita previa.
  • Por teléfono o videoconferencia con cita previa.
Dirección
Avenida Gabriel Alomar, 18 6a 07006 (Illes Balears)
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Fecha última modificación: 17 de julio de 2024